Los cursos de formación dirigidos a la renovación del carné de mercancías peligrosas (ADR) será impartidos por las empresas con medios propios o concertándolos con servicios ajenos y/o centros homologados.
La precisada formación será a cargo de las empresas. El tiempo empleado por los trabajadores a tal fin se imputará al permiso retribuido establecido en el artículo 23.3 del Estatuto de los trabajadores como formación profesiona.
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- DISPOSICIONES SOCIALES EN EL SECTOR DE LOS TRANSPORTES POR CARRETERA Reglamento (CE) nº 561/2006, Directiva 2006/22/CE, Reglamento (CEE) nº 3821/85
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