ART. 12.- DESCANSO ENTRE JORNADAS Y JORNADA FRACCIONADA.
Se garantizará un descanso mínimo entre jornadas de 12 horas.
En los supuestos de Jornada Partida se respetará el descanso mínimo entre jornadas de 12 horas. La Jornada diaria no se podrá fraccionar en más de un corte, y este no será superior a 3 horas.
- ART. 12.- DESCANSO ENTRE JORNADAS Y JORNADA FRACCIONADA, HORAS EXTRAS. Convenio colectivo de transporte por carretera y la Logística provincia de Valencia
- ART. 56.- INCAPACIDAD TEMPORAL Convenio colectivo de transporte por carretera y la Logística Valencia
- La película de los 15.000 conductores de camión. Opinión de Miguel A. Mata Pardo
Horas Estructurales: se considerarán horas extras estructurales, las que se realicen como consecuencia de periodos punta de producción, pedidos imprevistos, cambios de turno, etc.; así como las que se realicen para finalizar los trabajos de conducción, entrega o reparto y recogida, mudanza, preparación de vehículos y de la documentación de los mismos que estén iniciados antes de la finalización de la Jornada Ordinaria de trabajo, y con el límite máximo establecido legalmente. Todo ello sin perjuicio de los requisitos exigidos, por la Legislación vigente, a efectos de cotización de las mismas.
Horas Extras Realizadas: las empresas entregarán a los Representantes de los Trabajadores y a los trabajadores, de conformidad con la legislación vigente, resumen de las horas extras realizadas.
Foto archivo: Pexels.com
Para cuando el nuevo convenio?
Sabina P. ________________________________
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